Salud y prevención
en la empresa
En Mujeres de Empresa de Asturias impulsamos entornos laborales sanos y seguros que contribuyen al bienestar de las mujeres, sus empresas y la sociedad en general.
Por ello, uno de nuestros pilares fundamentales es el dedicado al liderazgo saludable, centrado en la salud física, mental y emocional de la mujer en todas las etapas de su vida profesional.
Gracias a este trabajo y a la colaboración con entidades como el Colegio Oficial de Enfermería del Principado de Asturias y el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, ponemos a tu disposición recursos, guías y herramientas que ayudan a comprender el contexto actual de la salud laboral de la mujer profesional y a facilitar la adopción de medidas preventivas aplicables a su realidad.
Fruto de esta colaboración se ha elaborado el Informe de resultados sobre los datos obtenidos de la Encuesta de Salud Laboral de Mujeres Empresarias (ESLME), desarrollado junto al CODEPA y con el apoyo del IAPRL. Este informe, pionero a nivel nacional, ofrece una radiografía rigurosa de la realidad de las mujeres empresarias. Pone de relieve aspectos como la sobrecarga de responsabilidades, la dificultad para conciliar, la normalización del malestar físico y emocional y las carencias existentes en materia de prevención de riesgos laborales.
Dar visibilidad a esta realidad es imprescindible para abordarla y avanzar hacia modelos de liderazgo verdaderamente saludables y sostenibles.
Autocuestionario de salud y liderazgo saludable
A partir de los principales resultados del informe, MdE pone a disposición este autocuestionario de salud laboral y autocuidado, concebido como una herramienta de reflexión personal. No tiene carácter diagnóstico, sino que invita a identificar señales que con frecuencia se normalizan y a tomar conciencia sobre el propio bienestar en el ejercicio del liderazgo empresarial.
Este cuestionario es anónimo y orientativo. No sustituye una valoración profesional en materia de salud.
En esta página se recogen los puntos clave para que realices tu actividad de forma segura cumpliendo las normas mínimas y tengas fácil acceso a recursos, herramientas y modelos de documentación oficiales.
Esta página reúne los recursos y herramientas imprescindibles para cuidar la seguridad y salud de tu equipo y cumplir con las obligaciones legales en tu empresa.
Introducción: normativa y alcance
Obligaciones mínimas y autoevaluación de riesgos
Coordinación de actividades empresariales
Equipos de protección individual (EPIs)
Riesgos específicos de la actividad
Trabajos en obra (construcción)
Mutua colaboradora y accidentes
Procedimiento ante un accidente laboral
Introducción: normativa y alcance
Obligaciones legales
Modalidades para la gestión de la actividad preventiva
¿Cuándo puede la autónoma / empresaria asumir la prevención de riesgos?
Guías, modelos y recursos oficiales
Formación en prevención de riesgos laborales
Estrés, conflictos y riesgos psicosociales
Accidentes, bajas y relación con Mutuas
La prevención de riesgos laborales para personas autónomas sin trabajadores/as a su cargo está regulada por la Ley 31/1995 y sus normas d e desarrollo, como el Real Decreto 39/1997 y el Real Decreto 486/1997. Estas leyes exigen trabajar de forma segura, aplicar medidas preventivas básicas y, especialmente, cumplir requisitos adicionales si la actividad implica riesgos específicos o se comparte espacio con otras empresas (coordinación de actividades). Las administraciones públicas —Ministerio de Trabajo, Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad Social y Sanidad— facilitan guías, modelos y herramientas prácticas para ayudarte a cumplir sin ambigüedades y adaptar la prevención a tu sector.
Importancia de las guías y recursos
Las guías técnicas y los modelos oficiales disponibles en esta página:- Te ayudan a interpretar la normativa y aplicar medidas preventivas.
- Incluyen modelos descargables listos para personalizar y utilizar (fichas, protocolos, evaluaciones).
- Mejoran tu protección legal y reducen el riesgo de sanciones.
Normas destacadas
- Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997):
- Ver texto oficial
- Disposiciones mínimas de seguridad y salud (RD 486/1997):
- Ver texto oficial
- Equipos de trabajo (RD 1215/1997):
- Ver texto oficial
- Coordinación de actividades empresariales (RD 171/2004):
- Ver texto oficial
- Reforma del marco normativo PRL (Ley 54/2003):
- Ver texto oficial
¿Qué implica esto en la práctica?
- Mantén tu lugar de trabajo limpio, ordenado, bien iluminado y con temperatura adecuada.
- Usa equipos y herramientas que sean seguros y cumplan el RD 1215/1997.
- Accede a la normativa
- Adopta rutinas y posturas ergonómicas.
- Cumple cualquier normativa o medida específica que marque tu sector (comercio, hostelería, transporte, belleza, etc.).
¿Cómo saber si lo haces bien?
Usa las herramientas oficiales para autoevaluar tus riesgos laborales y resolver tus dudas:- Obligaciones mínimas y derechos de autónomas
- Explicación de la herramienta Autopreven-t
- Acceso directo a Prevención10 – Autopreven-t
¿Qué es Autopreven-t?
Una herramienta oficial y gratuita con la que puedes identificar qué riesgos existen en tu actividad, qué medidas debes adoptar y hasta descargar informes y minidocumentos adaptados a tu caso, en solo unos minutos y desde cualquier dispositivo. Así, cumplirás la ley, trabajarás más segura y tendrás argumentos ante cualquier consulta de administración, mutua o cliente.¿Cuándo aplica la coordinación?
- Trabajas en instalaciones de un cliente.
- Compartes local o espacio con otras empresas.
- Realizas trabajos en obras o centros donde hay otras empresas presentes.
¿Qué debes hacer?
- Intercambiar información preventiva con el cliente o titular del centro.
- Recibir instrucciones sobre prevención del titular del centro.
- Cumplir todos los procedimientos de prevención del cliente.
- Utilizar los equipos de protección individual (EPIs) exigidos.
- Informar de cualquier emergencia que pueda afectar a la seguridad y salud de las personas presentes.
- Reportar los accidentes que sufras en el centro de trabajo al titular y a la mutua.
Recurso oficial
- Guía práctica sobre coordinación de actividades empresariales para autónomas: Coordinación de actividades preventivas
¿Cuándo usar EPIs?
- Cuando los riesgos de tu actividad así lo exigen.
- Según instrucciones del cliente (si trabajas en coordinación de actividades).
- En función del tipo de tarea y riesgos identificados.
Tipos de EPIs comunes
- Protección de manos (guantes).
- Protección visual (gafas).
- Protección de pies (calzado de seguridad).
- Protección auditiva (tapones, cascos).
- Protección respiratoria (mascarillas, cascos).
Recursos oficiales
- Información general sobre EPIs:
- Equipos de protección individual
- Fichas técnicas de selección y uso de EPIs:
- Fichas de selección y uso de EPIs
Riesgos que pueden afectar a tu actividad:
- Cuando los riesgos de tu actividad así lo exigen.
- Según instrucciones del cliente (si trabajas en coordinación de actividades).
- En función del tipo de tarea y riesgos identificados.
Riesgos que pueden afectar a tu actividad
- Riesgos eléctricos (si trabajas con electricidad).
- Riesgos químicos o biológicos (si usas sustancias peligrosas).
- Pantallas de visualización de datos (PVD) – si trabajas muchas horas con ordenador.
- Manipulación manual de cargas – si levantas o transportas pesos.
- Máquinas y herramientas – si usas maquinaria o herramientas de riesgo.
- Movilidad y transporte – si tu trabajo implica desplazamientos o conducción.
- Productos cosméticos o sustancias peligrosas – si trabajas con estos productos.
Acceso a guías sectoriales
Consulta la guía de tu sector específico para conocer exactamente qué medidas y requisitos aplicables tienes.Obligaciones específicas en obra
- Cumplir el RD 1627/1997 sobre seguridad y salud en las obras de construcción.
- Disponer de formación preventiva específica de acuerdo al Convenio de la Construcción.
- Elaborar un plan de prevención equivalente o documentación preventiva mínima.
- Coordinarte con el coordinador de seguridad y salud del proyecto.
Normativa
¿Qué es la mutua?
La mutua gestiona sus prestaciones por contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional), contingencias comunes y cese de actividad, siempre y cuando la autónoma/empresaria tenga cubierta la contingencia profesional. Importante: La mutua no sustituye a un servicio de prevención, pero sí es tu protección ante accidentes.Prestaciones que gestiona la mutua
- Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Contingencias comunes (incapacidad temporal por enfermedad o accidente no laboral).
- Cese de actividad.
- Actividades preventivas de la Seguridad Social.
Listado oficial de mutuas
Elige tu mutua según criterios de cobertura, servicios adicionales y facilidades de tramitación. Recuerda que tienes derecho a cambiar de mutua una vez al año.Paso 1: Comunicación inmediata
- Comunica el accidente a la mutua lo antes posible.
- Proporciona información básica del accidente.
Paso 2: Atención sanitaria
- Acude a la mutua asignada, que es quien presta la asistencia sanitaria.
- La mutua evalúa tu estado y tramita la incapacidad temporal si procede.
Paso 3: Documentación requerida
- Aporta tu DNI y número de afiliación.
- Describe el accidente: dónde ocurrió, qué estabas haciendo, cómo sucedió.
- Describe tu actividad laboral habitual.
- Proporciona cualquier otra documentación que la mutua solicite.
Paso 4: Parte de accidente online
- Envía el parte de accidente a través del sistema DELT@:
- Sistema DELT@ – Notificación de accidentes
- Este sistema comunica el accidente a la Seguridad Social y a la Inspección de Trabajo.
Paso 5: Gestión de incapacidad temporal
- La mutua tramita tu incapacidad temporal (IT) si corresponde.
- Recibirás las prestaciones económicas según lo establecido.
La normativa básica que regula la prevención de riesgos laborales en empresas con trabajadores/as (autónomas y sociedades) se articula en la Ley 31/1995 y sus desarrollos, como el Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) y el Real Decreto 486/1997 (Disposiciones mínimas de seguridad y salud). Estas normas exigen al empleador garantizar la seguridad y salud, realizar evaluaciones documentadas, elaborar un plan de prevención, informar y formar a la plantilla, organizar la vigilancia de la salud, y establecer protocolos de coordinación si se comparte centro con otras empresas. Las administraciones públicas Ministerio de Trabajo, Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad Social y Sanidad ponen a disposición de empresarias y autónomas con empleados.
Importancia de las guías y recursos
En esta página encontrarás:- Guías técnicas completas para interpretar cada requisito normativo.
- Modelos oficiales descargables (planes, protocolos, fichas, evaluaciones).
- Herramientas prácticas que facilitan cumplir, documentar y adaptar la prevención a cada sector.
- Aplicar la normativa sin dudas ni riesgos legales.
- Adaptar y descargar tus modelos preventivos.
- Mejorar la seguridad real y evitar sanciones de la Inspección de Trabajo.
Normas destacadas
- Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 39/1997):
- Ver texto oficial
- Disposiciones mínimas de seguridad y salud (RD 486/1997):
- Ver texto oficial
- Equipos de trabajo (RD 1215/1997):
- Ver texto oficial
- Coordinación de actividades empresariales (RD 171/2004):
- Ver texto oficial
- Reforma del marco normativo PRL (Ley 54/2003):
- Ver texto oficial
Obligaciones legales principales
- Ley 31/1995: Toda empresa/autónoma con empleados debe garantizar la seguridad y salud en el trabajo. Esto supone:
- Evaluar los riesgos del puesto y la actividad.
- Planificar medidas preventivas.
- Informar y formar a la plantilla.
- Facilitar la consulta y participación de las personas trabajadoras.
- Organizar la vigilancia de la salud.
- Realizar la coordinación de actividades empresariales cuando proceda.
- Texto consolidado de la Ley 31/1995
- Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención):
- Define los requisitos, capacidades profesionales, funciones y modalidades admitidas para la organización preventiva, tanto internas como externas.
- Las empresas con plantilla están obligadas a disponer de recursos humanos y materiales preventivos, hacer evaluaciones y planificaciones conforme a la ley.
- Texto reglamento RD 39/1997
Obligaciones documentales
Debes conservar y mantener al día:- Evaluación de riesgos (documentada).
- Plan de prevención y planificación preventiva.
- Registros de formación e información a la plantilla.
- Programas de vigilancia de la salud (reconocimientos médicos).
- Registros y protocolos de coordinación de actividades, si compartes espacio con otras empresas.
- Medidas específicas para riesgos del sector.
- Personalmente: asunción propia, siempre que cumplas todos los requisitos legales.
- Designando a uno o varios empleados: para que desarrollen la prevención.
- Constituyendo un servicio de prevención propio: solo en empresas más grandes.
- Contratando un servicio de prevención ajeno (SPA): solución habitual.
Requisitos
Para que la autónoma/empresaria pueda asumir la prevención de riesgos laborales debes cumplir todos estos requisitos simultáneamente:- Que se trate de una empresa de hasta diez trabajadores; o que, tratándose de una empresa que ocupe hasta veinticinco trabajadores, disponga de un único centro de trabajo.
- Las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el anexo I. (consultar listado).
- Desarrollas tu actividad en el propio centro de forma habitual.
- Que tengas la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI.
- Como autónoma/empresaria debes contar con una formación equivalente al nivel básico en PRL o la que exija el tipo de actividad. La formación preventiva adecuada (mínimo nivel básico).
- Comunicas oficialmente esta modalidad a la autoridad laboral del Principado.
Limitaciones
La empresaria/autónoma podrá asumir únicamente:- Evaluación de riesgos básicos.
- Planificación preventiva.
- Vigilancia del cumplimiento de las medidas preventivas.
- Información a los trabajadores.
- Coordinación con recursos preventivos si aplica.
No podrá asumir
- Vigilancia de la salud (reconocimientos médicos).
- Evaluaciones complejas (higiene industrial, ergonomía avanzada, seguridad compleja, psicosociología).
- Investigación de accidentes graves.
- Formación específica a los trabajadores que exija capacidades técnicas propias de un SPA, formación regulada o de riesgo específico.
Elaboración de Plan de Prevención (Prevención 10)
- Tiene como objeto simplificar la gestión de los riesgos laborales a las empresas de hasta 25 trabajadores y facilitar el cumplimiento en materia de coordinación de actividades empresariales e informar de sus riesgos a los trabajadores autónomos.
- Uso: elaboración de plan de prevención de riesgos laborales
- Plataforma Prevención10
Guía técnica INSST — Evaluación y prevención de lugares de trabajo
- Herramienta fundamental para ERL (métodos, criterios, controles preventivos).
- Guía técnica de lugares de trabajo
Prevención10 — Evaluación para empleo en domicilios y SAD
- Plataforma que facilita la evaluación en domicilios y es de uso recomendado para empresas que prestan servicios a domicilio (SAD) y empleadores domésticos. Uso: generar informes y descargar la evaluación.
- Acceso a herramienta y evaluaciones
- Servicio Evalua-T
INSST — Guías sectoriales (hostelería, sanidad, construcción, agricultura)
- Protocolos, recomendaciones y modelos por área y actividad.
- Guías sectoriales INSST
- Consulta los cursos y jornadas gratuitos ofrecidos por organismos públicos y mutuas colaboradoras.
- Formación en PRL Asturias
- Conflictos interpersonales con compañeros o superiores.
- Exceso de carga de trabajo o presión
- Falta de apoyo social dentro del equipo
- Falta de autonomía o ambigüedad de rol
- Violencia laboral/ acoso moral o sexual
- Conciliación difícil entre vida personal y laboral
- La ley exige analizar estos riesgos y establecer protocolos de prevención, mitigación y actuación.
Recursos para la elaboración de protocolos y medidas de prevención y actuación frente a riesgos psicosociales en el ámbito laboral:
- Comunica el accidente a la mutua inmediatamente y envía el parte oficial en 5 días hábiles.
- La mutua presta asistencia sanitaria a la plantilla y asigna médico responsable que lleva el seguimiento.
- La mutua podrá derivar al trabajador a un centro sanitario especializado.
- Usa el sistema DELT@ para notificar accidentes y bajas laborales:
- Evalúa y sigue la recuperación del/la trabajador/a.